Síndico se declara incompetente; evade obligación de garantizar legalidad en el Ayuntamiento
Puerto Vallarta, Jalisco – 2 de abril de 2025. El pasado 31 de marzo, la Sindicatura Municipal de Puerto Vallarta firmó su resolución en la que se declara incompetente para atender el recurso de revisión interpuesto por organizaciones de la sociedad civil ante la devolución irregular del dictamen para crear la categoría de Derechos Humanos del Premio Vallarta. El argumento central fue que la Sindicatura no es superior jerárquico de los integrantes del Cabildo.
Sin embargo, desde la Red Diversidad Vallarta, afirmamos que esta resolución evade las obligaciones constitucionales, legales y reglamentarias que tiene la Sindicatura como instancia garante del interés municipal y del respeto al marco normativo local.
1. Los municipios tienen la obligación constitucional de garantizar legalidad
El Artículo 115, fracción II de la Constitución obliga a los Ayuntamientos a organizar su administración conforme a la ley, aprobando reglamentos y disposiciones que respeten los principios de LEGALIDAD, igualdad y debido proceso. Esto implica que el Ayuntamiento de Puerto Vallarta no puede contradecir su propio reglamento, por lo que al devolver un dictamen sin votarlo en lo general, como exige el Artículo 57 del Reglamento Municipal, incurre en una violación directa al marco constitucional. Al declararse incompetente, el síndico incumple su deber de velar por esta obligación constitucional y de garantizar que los actos del Ayuntamiento se ajusten a derecho.
2. La Sindicatura tiene el deber de proteger la legalidad y los intereses del Municipio
Conforme al Artículo 143 del Reglamento del Gobierno Municipal de Puerto Vallarta, el síndico tiene la representación jurídica del Municipio y la obligación de procurar y defender sus intereses, lo que incluye velar por la LEGALIDAD de los actos del Ayuntamiento. A su vez, el Artículo 144, fracción II refuerza su obligación de abogar por el Municipio particularmente en temas de carácter administrativo.
Por lo tanto, la decisión de declararse incompetente, frente a un acto que incumple el procedimiento establecido en el artículo 57 del mismo reglamento (al devolver un dictamen sin votarlo en lo general), contraviene directamente sus funciones legales y reglamentarias.
3. El Secretario General también tiene obligación de actuar con LEGALIDAD
El Artículo 153, fracción IX del Reglamento Municipal establece que la Secretaría General debe proporcionar asesoría jurídica y legislativa a las y los Munícipes, a fin de que sus actos se ajusten al marco de la LEGALIDAD. En este contexto, el Secretario General debió advertir al Pleno del Cabildo sobre la improcedencia de la devolución del dictamen sin votación previa, y al no hacerlo, queda también en un estado de omisión funcional. Al declararse incompetente, el Síndico deja en estado de indefensión al Secretario General.
4. Riesgo de responsabilidad administrativa y penal
De acuerdo con el Artículo 106 de la Constitución del Estado de Jalisco, las personas servidoras públicas pueden ser sancionadas por actos u omisiones que afecten los principios de legalidad, imparcialidad y eficiencia en el ejercicio del cargo. A esto se suma el Artículo 146, fracción IV del Código Penal del Estado de Jalisco, que establece que comete el delito de abuso de autoridad el servidor público que autorice o permita actos atentatorios a los derechos garantizados por la Constitución, lo cual puede acarrear una pena de uno a cinco años de prisión e inhabilitación para el ejercicio del servicio público.
5. Omisión que también vulnera el deber de promover derechos humanos
Finalmente, el Artículo 1º de la Constitución Mexicana obliga a todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. La negativa del síndico a asumir la revisión del caso no sólo representa una falla en su obligación jurídica, sino también un incumplimiento de este mandato constitucional, especialmente al tratarse de una iniciativa que busca reconocer la labor en defensa de los derechos humanos.
Desde la Red Diversidad Vallarta, reafirmamos que no puede haber justicia sin legalidad, ni legalidad sin responsabilidad institucional. Seguiremos dando seguimiento a esta situación en instancias superiores y no cesaremos hasta que el dictamen sea votado conforme a derecho.
